- DEDUCCION por “ DONATIVOS “ en IRPF- RENTA :
- Entidades beneficiarias: AAPP (Cabildo La Palmas, Aytos. Tazacorte / El Paso / Los Llanos Aridane)- Cruz Roja / Caritas…etc..etc…
- Base deducción: efectivo aportado / Usufructo temporal inmueble : 2% de su valor catastral .
- CUANTIA deducción estatal: 80 % sobre los primeros 150 % – sobre el exceso o resto 35% ( 40% si recurrencia aportación en 2 años anteriores )
- CUANTIA deducción autonómica : 20 % sobre los primeros 150 % – sobre el exceso o resto 15 % ( 17,5 % si recurrencia )
- JUSTIFICACION de deducción: certificado fiscal emitida por beneficiario y presentar DECLARACION anual modelo 182 – relación nombre y nif donantes.
- LIMITE donativo: el 10% de su Base Liquidable , y es necesario que exista Cuota líquida ( revisar última declaración Renta o ver con su asesor fiscal ). Ojo aquellos NO obligados a presentar Renta : 1 pagador y menos 22.000 €€ si tienen Cuota y podrán aprovechar deducción con la Presentación de su declaración . La deducción no aplicada se pierde , no traspasable derecho a futuros ejercicios.
- DEDUCCION por “ DONATIVOS “ en IMPUESTO SOCIEDADES :
- CUANTIA deducción: 35% ( si recurrencia 40% ).
- GASTO contable ( cta- 678000 ) NO deducible .
- LIMITE: 10 % Base liquidable ( se requiere tener Beneficios ,,,,)
- Si da derecho a compensaciones futuras 10 años siguientes.
- PERDIDAS PATRIMONIALES EN “ en IRPF- RENTA :
- IMPORTANCIA aflorar / declarar las PERDIDAS en RENTA-2021 para poder luego COMPENSAR con ayudas / subvenciones etc,,,etc,,,, que se generen en 2021 y siguientes .
- DEDUCCION “ DONATIVOS “ para “Asociación Afectados “ en IRPF- RENTA :
Requiere su obtención de carácter de “ utilidad publica “.
Manuel Armas .
Gerente www.armas-asociados.com
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